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Industria

Fiebre aftosa: el Senasa anunció cambios en la norma para producir vacunas

Finalmente, el Senasa tomo una decisión respecto de las cepas que deben contener las vacunas contra la fiebre aftosa. Encontrá acá la Resolución completa.

Por Redacción de MOTIVAR 8 de mayo de 2024 - 09:34

El Senasa estableció mediante su Resolución 460/2024, que hasta el 28 de febrero de 2025 las cepas del virus de la fiebre aftosa a utilizar en la producción y control de vacunas contra la enfermedad en Argentina deben ser O1 Campos, A24 Cruzeiro, A Argentina 2001 y C3 Indaial en diferentes presentaciones como vacunas tetravalentes, trivalentes o bivalentes demostrada su eficacia y potencia correspondiente, debiendo incluirse en todas las presentaciones, cepas del serotipo O y A.

Y a partir del 1 de marzo de 2025 queda excluida la utilización de la cepa C3 Indaial.

De ese modo, como resultado de un trabajo junto con la Secretaría de Simplificación de Jefatura de Gabinete de Ministros, se modifica la Resolución Senasa N° 609/2017, donde se establecía que las vacunas de uso local debían ser exclusivamente tetravalentes.

Sin embargo, de acuerdo al grado de avance alcanzado tanto en la Argentina como en la región con respecto a la enfermedad, la experiencia acumulada y las modificaciones epidemiológicas producidas, resultó necesario readecuar los serotipos del virus de la enfermedad presentes en la vacuna antiaftosa de uso local, por lo que se acepta el uso de vacunas tetravalentes, trivalentes o bivalentes, siempre que las mismas contengan cepas del serotipo O y A.

¿Qué dice la Resolución del Senasa sobre vacunas contra la fiebre aftosa?

ARTÍCULO 1°.-

Inciso a) del Artículo 53 de la Resolución N° RESOL-2017-609-APN-PRES#SENASA del 9 de septiembre de 2017 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Sustitución. Se sustituye el inciso a) del Artículo 53 de la citada Resolución N° RESOL-2017-609-APN-PRES#SENASA, por el siguiente:

“Inciso a) Cepas vacunales del virus de la Fiebre Aftosa: hasta el 28 de febrero de 2025 las cepas del virus de la Fiebre Aftosa a utilizar en la formulación de vacunas antiaftosa en la REPÚBLICA ARGENTINA deben contener las cepas O1 Campos, A24 Cruzeiro, A Argentina 2001 y C3 Indaial en diferentes formulaciones como vacunas tetravalentes, trivalentes o bivalentes, demostrada su eficacia y potencia correspondiente, incluyéndolas en todas las formulaciones que contengan cepas del serotipo O y A, mencionadas previamente”.

ARTÍCULO 2°.-

Inciso a) del Artículo 53 de la mentada Resolución N° RESOL-2017-609-APN-PRES#SENASA. Sustitución. Se sustituye el inciso b) del Artículo 53 de la aludida Resolución N° RESOL-2017-609-APN-PRES#SENASA, por el siguiente:

“Inciso b) A partir del 1 de marzo de 2025 queda excluida la utilización de la cepa C3 Indaial en la formulación de vacunas antiaftosa, estableciendo así a las cepas O1 Campos, A24 Cruzeiro y A Argentina 2001 del virus de la Fiebre Aftosa como las únicas a utilizarse en la formulación de vacunas antiaftosa en Argentina, en sus diferentes formulaciones como vacunas trivalentes o bivalentes, demostrada su eficacia y potencia correspondiente, incluyéndolas en todas las formulaciones que contengan cepas del serotipo O y A.”.

ARTÍCULO 3°.-

Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Más consideraciones

Cabe recordar que el serotipo A Argentina 2001 fue incorporado por su capacidad de ser escalable industrialmente y por ser una cepa de amplio espectro que permitió, con una sola vacunación, controlar los brotes del año 2001 en Argentina.

Esta cepa es exclusivamente utilizada en nuestro país y fue originalmente incorporada como respuesta a una situación epidemiológica de emergencia que ha sido superada.

También se tomó en consideración que las vacunas bivalentes que contienen los serotipos O1 Campos y A24 Cruzeiro demostraron ser efectivas en otros países de Sudamérica y que la evaluación de riesgo realizada por el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa (PANAFTOSA) concluyó que el riesgo de la enfermedad por virus serotipo C es insignificante en la región.

En tal sentido y tras los análisis correspondientes, el Senasa resolvió readecuar la Resolución 609 en pos de la actualización de los serotipos del virus de fiebre aftosa presentes en la vacuna de uso local, y aclaró que esta nueva formulación no implica discontinuar con los planes y las estrategias de vacunación que se llevan a cabo en el país.

FUENTE: Senasa

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