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Normativa

Trazabilidad electrónica: la era del control individual ya está en marcha

Entró en vigencia la normativa del Senasa. Aquí un detalle de para gestionar la trazabilidad e identificación electrónica en el campo y la manga.

Por Redacción de MOTIVAR 14 de enero de 2026 - 12:47

El 1° de enero de 2026 marcó un antes y un después para la producción animal en Argentina. Desde ese día, se puso en marcha la trazabilidad electrónica individual y la obligatoriedad de la identificación electrónica para bovinos, bubalinos y cérvidos, abriendo paso a un sistema que promete transformar la gestión sanitaria y reforzar el prestigio internacional del status sanitario nacional.

La obligación inmediata recae sobre terneros y terneras al momento del destete o antes de su primer movimiento. No es necesario reidentificar al stock adulto que ya posea caravana visual (CUIG), salvo que pierdan su dispositivo, en cuyo caso sí deberán adoptar el nuevo sistema electrónico.

tipos trazabilidad electrónica

Tipo de dispositivos.

El procedimiento técnico es estricto: se debe colocar el binomio compuesto por el dispositivo electrónico (botón RFID o microchip) en la oreja derecha y la tarjeta visual en la oreja izquierda. Si se opta por el bolo ruminal, este también debe acompañarse de la tarjeta visual externa.

Una vez colocados los dispositivos, el productor tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para declarar la aplicación ante el Senasa. Es crucial recordar que, previo a este paso, se debe tener declarada en el SIGSA la existencia de los terneros a identificar (mediante acta de vacunación o novedad de nacimiento). Al registrar los dispositivos, es obligatorio informar sexo, mes y año de nacimiento, y raza de cada animal.

La gestión digital del Senasa

La entidad habilitó la aplicación móvil SIGBIOTraza para agilizar la tarea en la manga. Esta herramienta es fundamental de ahora en adelante, ya que permite:

El SIGBIOTraza almacena toda la información de los dispositivos en una planilla digital, para luego ser enviada al SIGSA.

Movimientos de animales

Por otro lado, es necesario registrar los movimientos mixtos y cierre de DT-e. En esta etapa de transición, convivirán animales con el nuevo sistema y otros con el viejo sistema visual.

Al realizar un movimiento (DT-e) que incluya ambas categorías, el sistema solo exigirá informar los números de los dispositivos electrónicos de los terneros; no será necesario cargar los datos individuales de los animales que viajen con caravanas CUIG tradicionales.

Si el destino es un campo habilitado para la Unión Europea, el productor deberá continuar informando todas las identificaciones, pero para los terneros nuevos deberá tomar obligatoriamente la identificación de origen, sin poder re-caravanear.

Preguntas frecuentes

¿Qué campos están obligados a hacer la Trazabilidad de la Indentificación Individual (TRI)?

A partir del 1 de enero de 2026, bajo las resoluciones 530/2025 y 841/2025 del Senasa, la obligatoriedad de la identificación electrónica individual alcanza a todos los establecimientos ganaderos del país que posean las especies reguladas. Específicamente, los campos obligados son:

En resumen: No hay excepciones por tipo de campo o zona geográfica. Si en el campo nacen animales o se movilizan categorías jóvenes (terneros/as) a partir de 2026, el establecimiento está obligado a implementar el sistema. Para los animales adultos ya existentes antes de 2026, la transición será gradual; sin embargo, para finales de 2027 o 2028 se espera que el 100% del rodeo nacional esté identificado electrónicamente.

Hablando de lectores (bastones de lectura). ¿Los deben comprar todos los productores o sólo los que tienen feedlots?

No es obligatorio que todos los productores compren un bastón de lectura. La normativa del Senasa vigente en 2026 exige la colocación del dispositivo electrónico (trazabilidad pasiva), pero no obliga a cada productor a poseer el equipo de lectura. Aquí los detalles sobre quiénes suelen necesitarlos y quiénes no:

1. Productores de cría (No es obligatorio): Si sos un productor que solo debe cumplir con la identificación de los terneros al destete, no necesitás el lector. Podés anotar el número de serie que viene impreso en la caravana visual (el "binomio") de forma manual para cargar los datos en el sistema de gestión o el acta de vacunación.

2. Establecimientos de engorde a corral / Feedlots (Altamente recomendado/Necesario): Aunque la ley no los obliga explícitamente a comprar uno para existir, en la práctica los feedlots y establecimientos de alta rotación son los que más los utilizan. Debido al gran volumen de animales y la necesidad de automatizar el ingreso y egreso (movimientos), el uso de lectores es indispensable para la eficiencia operativa y para evitar errores en la carga de datos al SIGSA.

3. Quiénes deben realizar la lectura: La lectura electrónica obligatoria ocurre principalmente en puntos de control y salida:

Resumen para el productor:

La normativa del Senasa

Por más consultas sobre la Resolución 530/2025 y sus anexos, los interesados pueden consultar AQUI. También pueden consultar la Resolución 830/2025 (norma técnica), haciendo click en este enlace.

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