ver más
Comercio exterior

Senasa actualiza sistema de habilitación para exportar productos animales

El Senasa moderniza el proceso de habilitación para exportar productos de origen animal, unificando criterios y agilizando el acceso a mercados internacionales.

13 de julio de 2026 - 12:24

El Senasa, según informó Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), aprobó un nuevo procedimiento para la habilitación de destinos de exportación de productos y subproductos de origen animal. Esta medida busca modernizar el sistema de autorizaciones, simplificar la gestión administrativa y adecuar los controles a las exigencias sanitarias internacionales.

La Resolución 593/2026, publicada el 8 de julio de 2026 en el Boletín Oficial, reemplaza a la anterior Resolución 108/2010. Esta nueva normativa establece un procedimiento único para que los establecimientos frigoríficos e industrias elaboradoras soliciten la habilitación para exportar a distintos mercados, consolidando criterios que antes se encontraban dispersos. El objetivo es fortalecer los controles sanitarios exigidos por los mercados internacionales.

Agilidad en exportaciones y controles permanentes

Uno de los cambios principales es la mayor agilidad para acceder a nuevos mercados. Los establecimientos que soliciten una nueva habilitación podrán ser propuestos de manera inmediata ante las autoridades sanitarias del país importador, siempre que el Senasa verifique el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias. Además, las plantas ya autorizadas para exportar no deberán iniciar un nuevo trámite para conservar su condición, siempre que mantengan sus exportaciones y requisitos técnicos.

La Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen Animal será la encargada de evaluar las condiciones edilicias, operativas y documentales de cada establecimiento. El organismo podrá aceptar o rechazar solicitudes, debiendo fundamentar cualquier decisión negativa. En caso de incumplimientos, el Senasa podrá suspender la habilitación para ese destino. Si las deficiencias no se corrigen en un plazo de 60 días corridos, el establecimiento será dado de baja. Otra novedad es que las habilitaciones de exportación no tendrán un plazo de vigencia determinado, permaneciendo válidas mientras se conserven las condiciones.

Desde el organismo señalaron que esta actualización responde a la experiencia acumulada durante más de 15 años de aplicación de la normativa anterior, la incorporación de nuevos sistemas informáticos y la necesidad de responder con mayor eficiencia a los requisitos que imponen los distintos mercados internacionales. La resolución también ratifica la importancia del Programa Nacional de Control de Residuos, Contaminantes e Higiene en Alimentos de Origen Animal (CREHA Animal), clave para garantizar la inocuidad de los productos exportados.

FUENTE: Confederaciones Rurales Argentinas (CRA)

Temas
Seguí leyendo

Te puede interesar

video