La Dirección General de Recursos Naturales del Ministerio de la Producción, informó que a partir del 1° de marzo comenzará en La Pampa la Temporada de Caza Deportiva Mayor y Menor en todas sus modalidades. Esto se da en el marco de la amenaza que representan las distintas especies invasoras para el campo.
A través de las disposiciones N°29/25 y Nº30/25 la Subsecretaría de Asuntos Agrarios como autoridad de aplicación de la Ley N°1194, establece los requisitos para desarrollar la actividad cinegética en la provincia de La Pampa, en la misma se detallan; periodos, cupos, operatoria, modalidad y especies cuya caza está permitida en la provincia.
Según el gobierno de la provincia de La Pampa, esta medida se enmarca en el control poblacional del jabalí, una especie catalogada como "plaga" debido a su impacto en cultivos, suelos, sistemas de riego y ganado.
Generalidades de la disposición
A través de la Disposición N°29, se habilitó la cacería con perros, permitiendo entre 2 y 8 por salida.
Cabe destacar que solo puede realizarse en cotos y campos habilitados con permiso del propietario. Especificaron que no hay límite de capturas, y los cazadores que utilicen perros deben contar con una autorización específica.
La caza con perros implica el uso de estos animales para rastrear y sujetar a los jabalíes antes de su captura, según explica la Asociación de Cazadores con Jauría.
Además del jabalí, La Pampa permite la caza de ciervo colorado, antílope, búfalo, cabras y carnero. Es la provincia con más cotos habilitados y el destino más elegido por extranjeros que practican esta actividad.
Algunas especies, como el ciervo colorado, fueron introducidas hace más de 100 años con el objetivo de fomentar la caza deportiva. Actualmente, es una de las más buscadas como “trofeo”.
Cabe recordar que, en 2023, se emitieron más de 11.000 permisos de caza en la provincia, según el “Informe de Temporada de Caza Deportiva Mayor”.
Requisitos para la caza de especies invasoras
Para llevar a cabo esta actividad es obligatorio:
- Realizar la caza en predios registrados.
- Obtener el permiso de caza deportiva.
- Contar con la autorización del dueño del campo u ocupante legal.
- Cumplir con las disposiciones oficiales.
La nueva normativa de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios de La Pampa establece que la cacería deberá realizarse con un mínimo de dos canes, permitiendo el traslado de hasta ocho por jornada.
Además, se exige que cada perro cuente con su libreta sanitaria, aprobada por el Colegio Médico Veterinario de La Pampa o por entidades asociadas, con datos identificatorios y vacunación antirrábica vigente.
La normativa también prohíbe la permanencia de los canes en caminos o predios no autorizados, advirtiendo que su incumplimiento será sancionado conforme a la Ley N°1194 y su reglamentación.
Según la normativa, los perros utilizados para la caza deberán ser transportados en vehículos con caja cerrada o en jaulas, evitando su permanencia en habitáculos internos o baúles.
FUENTE: Agencia provincial de noticias de La Pampa