La gestión de María Beatriz Giraudo al frente del Senasa avanza sobre una serie de cambios normativos que impactan en todas las actividades que regula el organismo sanitario nacional: normativas, productos importados, rótulos de antisárnicos, registros, caravanas y receta digital están hoy en el centro del debate.
Además, se multiplican los encuentros entre funcionarios públicos y distintas entidades, como fue el reciente meeting en Buenos Aires con la Dra. Emmanuelle Soubeyran, titular de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), con quien se dialogó -entre otros temas- sobre “el cambio de estrategia de vacunación antiaftosa, las herramientas de zonificación para el control y erradicación de eventos de influenza aviar y el rol clave que tienen todos los actores del sector privado que intervienen en la cadena —en coordinación con el Senasa— para la gestión de la sanidad animal”.
La gestión de Giraudo también busca reencausar el diálogo entre el Senasa y la industria de laboratorios veterinarios, representados por Caprove y Clamevet.
“Los cambios normativos avanzan, pero ahora tenemos más información en cuanto a cómo será su implementación”, le explicaban directivos de distintas empresas a MOTIVAR en las últimas semanas.
En ese marco, días atrás se conoció una nueva Resolución oficial por medio de la cual el Senasa habilita por primera vez que el control oficial de las series comerciales de productos importandos desde un selecto grupo de países pueda realizarse en origen. Esto, “siempre que se ajusten a estándares internacionales reconocidos y garanticen el estatus sanitario”, tal como se reforzó en un comunicado de prensa.
El texto aclara que esta posibilidad queda supeditada a que los productos que vayan a llegar a la Argentina hayan sido previamente autorizados por equivalencia y cuenten con el correspondiente Certificado de Uso y Comercialización (CUC).
Esta resolución permite reconocer las autorizaciones otorgadas por agencias regulatorias extranjeras, siempre que cumplan con criterios sanitarios compatibles con los estándares nacionales. La norma también prevé que el Senasa pueda solicitar documenta ción técnica complementaria cuando lo considere necesario.
Vale decir que este concepto es válido para todos los productos veterinarios, incluidos los antiparasitarios. ¿Y la vacuna antiaftosa? ¿Se puede esperar algún grado de reciprocidad normativa de los países involucrados en la norma? Seguramente en el corto plazo habrá novedades sobre estos temas.
La gestión de Giraudo también busca reencausar el diálogo entre el Senasa y la industria de laboratorios veterinarios
Desde el Senasa aseguran que “en todos los casos se buscará garantizar que no habrá impacto en el estatus sanitario, ni el comercio de nuestro país”, a la vez de renovar el compromiso en cuanto a seguir trabajando en que esta “flexibilización” sobre productos importados de los países que detalla la norma, no implique mayores exigencias para las empresas que elaboran e invierten en el país.
Además, desde la industria están expectantes a que algunos de los países incorporados en el anexo acepten la posibilidad de aplicar reciprocidad en la norma.
“Leyendas claras” contra la sarna ovina
El Senasa estableció nuevas exigencias de rotulado para productos inyectables formulados con avermectinas y milbemicinas destinados al tratamiento de la sarna ovina. ¿El objetivo? Garantizar que los productores accedan a información “clara y fidedigna” para avanzar en la erradicación de esta enfermedad.
La medida señala que estos medicamentos deberán incluir en sus rótulos, de forma visible, la leyenda “Producto apto para el control de la sarna ovina”.
Asimismo, los productos antisárnicos inyectables elaborados con los principios activos mencionados solo podrán declarar la leyenda “100% de eficacia” cuando los resultados de las pruebas oficiales lo determinen, según lo establece la Resolución Senasa 532/2021.
“La nueva resolución busca reforzar el acceso de los productores y veterinarios a información fehaciente respecto a los productos disponibles, asegurando que sólo los con eficacia comprobada puedan declararse como totalmente efectivos”, remarcaron fuentes oficiales.
¿Renovación de productos veterinarios?
Este 2025 planteó cambios normativos de tal magnitud para la industria veterinaria local, que casi se pierde de vista la trascendencia que para los laboratorios tiene la agilización de los trámites que exige el Senasa para las renovaciones de los productos veterinarios.
¿Habrá reciprocidad de aquellos países a los cuales se les “flexibiliza” el ingreso de productos?
La eterna disyuntiva (sobre la cual hoy parecería haber un acuerdo entre las partes) tiene que ver con la diferenciación en la exigencia entre los productos que mantienen las mismas condiciones de registro inicial o ya aprobadas, en relación con los que se declare (o detecte) una modificación en las condiciones de aprobación, o también el caso de productos de “alta sensibilidad”.
Esto no es menor, ya que muchas veces se plantean diferencias en base a los que son específicamente los análisis de residuos y tiempos de retiro, específicamente en lo que hace a productos genéricos.
Caravanas y receta digital
Otros dos grandes desafíos que enfrentará el Senasa en los próximos meses están ligados a dos normativas específicas. Por un lado, la puesta en vigencia del nuevo esquema de identificación bovina y por el otro, la inminente entrada en vigencial de la receta digital para el caso de los equinos.
En el primer caso y más allá de los idas y vueltas (con muchas "desprolijidades"), todavía hay dudas en el sector ganadero en cuanto al éxito o no en el rubro específico de las caravanas.
Misma incertidumbre que reina en el ambiente en cuando a cómo trabajar con recetas digitales en un mundo equino poco tecnificado.