El Senasa estableció nuevas exigencias de rotulado para productos inyectables formulados con avermectinas y milbemicinas destinados al tratamiento de la sarna ovina. Con esta medida, busca garantizar que los productores accedan a información clara y fidedigna, fundamental para avanzar en la erradicación de esta enfermedad en las regiones afectadas.
La medida, oficializada a través de la Resolución SENASA 828/2025 y publicada en el Boletín Oficial, señala que estos medicamentos deberán incluir en sus rótulos, de forma visible, la leyenda “Producto apto para el control de la sarna ovina”.
Asimismo, los productos antisárnicos inyectables elaborados con los principios activos mencionados (derivados de las lactonas macrocíclicas) solo podrán declarar la leyenda “100% de eficacia” cuando los resultados de las pruebas oficiales lo determinen, según lo establecido por la Resolución SENASA 532/2021.
El organismo sanitario nacional estableció un plazo de 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma para realizar las adecuaciones correspondientes. Las empresas titulares deberán gestionar la solicitud de actualización del rótulo a través del portal de SIG-Trámites, para poder vincular la modificación con el registro del medicamento y actualizar la información en el Vademécum de Productos Veterinarios del SENASA.
La nueva resolución busca reforzar el acceso de los productores y profesionales veterinarios a información fehaciente respecto a los productos veterinarios disponibles, asegurando que sólo aquellos con eficacia comprobada puedan declararse como totalmente efectivos. Esta condición es un aspecto clave y necesario para la erradicación de la sarna ovina en aquellas provincias afectadas, ya que evita la persistencia de animales infectados y reduce el riesgo de reinfección en las majadas.
Resolución senasa. productos sarna ovina
FUENTE: Senasa