Por medio de la Resolución 755/2024, el Senasa prohibió entodo el territorio nacional el uso y comercialización de los productos veterinarios, destinados al ambiente donde habitan los animales, que contenga o libere de su formulación Formaldehído, Fenol, Cresoles o una mezcla de Cresoles.
La publicación se realizó el pasado 10 de julio de 2024 en el Boletín Oficial, donde se detalló que los propietarios de Certificados de Uso y Comercialización vigentes incluidos en los alcances de la, deberán reemplazar o excluir los mencionados principios activos de las formulaciones de dichos productos.
“Estas modificaciones deben realizarse en un plazo que no exceda los NOVENTA (90) días desde la publicación del presente marco normativo, y quedará a criterio de la Dirección de Productos Veterinarios, dependiente de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa, su autorización”, detalla el artículo 2 de la resolución.
Además, explica que la modificación propuesta debe ser solicitada a través de una nota, la que será vinculada al expediente que tramita el registro, y debe incluir: el último lote elaborado, la cantidad, fecha de vencimiento y el stock existente en poder del titular.
Riesgoso para la sanidad animal
En ese marco, la resolución enumera distintas consideraciones que se tuvieron en cuenta para llegar a esta decisión.
En primer lugar, se enmarca en la Ley de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos N°27.680 la cual declara de interés público nacional la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos.
Por otro lado, estipula que, en el año 2004, el Formaldehído fue declarado por la OMS como carcinogénico para el hombre en la categoría Grupo 1; sumado a que, a través de la Disposición N°4.623 del 8 de agosto de 2006, la ANMAT prohibió la utilización de Formaldehído en formulaciones domisanitarias.
Además, en el Reglamento (CE) N°1.272 del 16 de diciembre de 2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, “se clasifica al Fenol como sustancia mutagénica categoría 2, y a los Cresoles y a la mezcla de ellos como tóxicos categoría 3, en caso de ingestión y en contacto con la piel, y corrosivos cutáneos” los cuales podrían provocan quemaduras graves en la piel y lesiones oculares graves.
En consecuencia, la entidad resaltó la necesidad de excluir de las formulaciones de los productos veterinarios a los principios activos antes mencionados, por resultar riesgosos para la salud y para la sanidad de los animales y el medio en el que habitan.