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Normativa

CIE: nueva vía de registro para vacunas del Senasa

Con la nueva normativa, ciertos biológicos veterinarios podrán ser producidos mientras se completa su registro, siempre bajo control del Senasa.

17 de junio de 2025 - 15:56

El Senasa publicó la Resolución 433/2025 en el Boletín Oficial, introduciendo una modificación puntual al proceso de registro de ciertos productos veterinarios biológicos. La nueva normativa establece la implementación del Certificado de Inscripción y Elaboración (CIE), un instrumento que busca agilizar la etapa de elaboración y control de productos destinados a la prevención de enfermedades exóticas, erradicadas o de interés sanitario nacional.

Esta medida se limita exclusivamente a productos biológicos veterinarios definidos como prioritarios por el Senasa, y no se aplica a toda la gama de productos veterinarios ni a aquellos que ingresen por el registro simplificado. Esta medida se limita exclusivamente a productos biológicos veterinarios definidos como prioritarios por el Senasa, y no se aplica a toda la gama de productos veterinarios ni a aquellos que ingresen por el registro simplificado.

Hasta ahora, los establecimientos productores debían esperar la aprobación completa del Certificado de Uso y Comercialización (CUC) para comenzar la fabricación de estos insumos. Con la nueva resolución, el Senasa permitirá que algunos productos —previamente determinados por el organismo y que se encuentren inscriptos en el registro estándar— puedan iniciar su producción apenas obtengan el CIE, sin necesidad de esperar el resultado de todas las pruebas analíticas de registro.

Producir mientras se evalúa

Esto implica que, a partir de ahora, los laboratorios podrán comenzar a producir ciertos productos biológicos mientras las evaluaciones analíticas aún están en curso. Una vez superadas estas pruebas de manera satisfactoria, se les otorgará el CUC correspondiente, que habilita la comercialización.

La resolución se enmarca dentro de los lineamientos generales del Estado nacional orientados a modernizar y optimizar la gestión pública. En particular, aplica los principios establecidos por la Ley 27.742, que promueve procedimientos más ágiles y eficientes en todos los niveles de la administración pública.

Controles técnicos

Es importante aclarar que este mecanismo no reemplaza los controles técnicos. Los productos que accedan al CIE deberán cumplir con los requisitos de eficacia, seguridad y calidad exigidos por el Senasa. Lo que cambia es el orden y la simultaneidad de los procesos: se habilita la elaboración en paralelo a los controles de registro, acortando así los tiempos totales requeridos para que ciertos productos estratégicos estén disponibles en el mercado.

Esta medida se limita exclusivamente a productos veterinarios biológicos definidos como prioritarios por el Senasa, y no se aplica a toda la gama de productos veterinarios ni a aquellos que ingresen por el registro simplificado.

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