Con la entrada en vigencia de la Resolución 40/2026, publicada por el Ministerio de Economía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca oficializó la eliminación del tradicional libro físico de movimientos de carne, vigente durante más de cuatro décadas en los frigoríficos del país.
A partir del 1° de enero de 2026, ese registro manual —donde se asentaban diariamente el ingreso, la salida y las existencias de carne— será reemplazado por su equivalente digital dentro del Sistema Integral de Faena (SIF) o del Sistema Integrado de Gestión de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SIGICA), según el tipo de establecimiento.
Según la resolución, la medida tiene como objetivo “actualizar, simplificar y unificar el marco normativo”, ya que las normas vigentes hasta ahora estaban “dispersas en cuerpos regulatorios parciales y, en muchos casos, obsoletos”. En línea con ello, se derogaron nueve resoluciones previas que abarcaban desde la identificación de reses hasta la gestión de libros rubricados.
"Un pedido histórico del sector"
Desde la Secretaría de Agricultura destacaron que esta decisión responde a “un pedido histórico del sector” y trae consigo beneficios concretos para la gestión de las plantas: “Reduce de forma drástica la carga administrativa” y “elimina un costo innecesario”, ya que los libros físicos “eran caros y debían renovarse periódicamente”.
Además, remarcaron que la digitalización permitirá que la información “esté ordenada, sistematizada y en un solo lugar, mejorando la calidad de los datos y simplificando la gestión interna de los establecimientos”.
El nuevo SIF —una continuidad del sistema creado por la Resolución 586/2015— concentra ahora funciones clave como el registro de ingresos de hacienda, la autorización de faena, el resultado de faena (romaneo), los decomisos, las existencias diarias de carne y su posterior salida. Todos estos registros tendrán carácter de declaración jurada.
Nuevas tecnologías y trazabilidad
La resolución también avanza en el fortalecimiento de la trazabilidad individual electrónica, obligando a los establecimientos a leer e identificar electrónicamente a cada animal en la línea de faena, vinculando esa información con el número de garrón asignado.
“El verdadero salto de calidad está en la sistematización de datos que habilita la incorporación de tecnologías”, explicaron desde la Secretaría, en referencia a la preparación del sector para integrar herramientas más modernas y potenciar la competitividad.
La norma mantiene varias exigencias de control, como la identificación individual de reses, medias reses y cortes mediante sellos o etiquetas autorizadas, el registro de dentición, el uso de balanzas oficiales verificadas con pesas de contraste y la obligación de no mezclar tropas de hacienda, incluso si pertenecen al mismo dueño.
Transición ordenada y validez de documentos previos
El artículo 1° de la resolución aclara que todos los documentos físicos y electrónicos generados bajo el anterior S.I.F. “conservan su validez, carácter y efectos”, garantizando así una transición sin sobresaltos.
Por su parte, los establecimientos habilitados por Senasa deberán continuar operando a través del sistema SIGICA, bajo los mismos lineamientos, y con integración progresiva a esta nueva estructura normativa.
Marco sancionatorio
El incumplimiento de los nuevos requerimientos podrá implicar la suspensión preventiva de operadores y el bloqueo en la emisión de Documentos de Tránsito Electrónicos (DT-e), además de las sanciones contempladas en la Ley 21.740 y la Resolución 50/2025.