Para supervisar las condiciones documentales y sanitarias de equinos que asisten a eventos ecuestres, el Senasa continúa fiscalizando el ingreso de los animales que participan en estas actividades.
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SUSCRIBITEEl Senasa verifica la documentación de los equinos para garantizar condiciones sanitarias de las actividades hípicas.
Para supervisar las condiciones documentales y sanitarias de equinos que asisten a eventos ecuestres, el Senasa continúa fiscalizando el ingreso de los animales que participan en estas actividades.
En lo que va de 2024, los centros regionales Buenos Aires Norte, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba y La Pampa–San Luis del Senasa coordinaron, en una etapa inicial, encuentros informativos junto a los municipios y organizaciones de eventos ecuestres de las provincias implicadas, a los fines de dar a conocer cuáles son las exigencias sanitarias en actividades que impliquen concentración de equinos y qué requerimientos se solicitan en los ingresos a los titulares de los animales.
También se informó sobre el procedimiento y las consideraciones para la organización de esos eventos, como contar con la habilitación del predio por parte de las autoridades locales, tener presencia policial, registrar en el Renspa el lugar donde se llevará a cabo la actividad, contar con el Servicio Veterinario Privado Acreditado (SVPA), entre otros.
Hasta la fecha, el Senasa asistió a más de 25 eventos ecuestres, donde se fiscalizaron las condiciones documentales y/o sanitarias para el ingreso de 1.582 équidos en las localidades de Chivilcoy, Lobos, General Alvear y Pehuajó (Buenos Aires); San Luis, Villa Mercedes, Arizona, Inti Huasi, Quines y Concaran (San Luis); Río Cuarto, Villa del Rosario y Huinca Renancó (Córdoba); en el Departamento de Las Colonias (Santa Fe); y en Viale (Entre Ríos).
Para el desarrollo de este tipo de actividades ecuestres, los organizadores deben presentarse en la oficina local del Senasa de su jurisdicción y entregar el Acta Compromiso, un documento donde se notifica al Organismo sobre la fecha y las características del evento que se pretende realizar.
En el acta, también debe designarse a un médico veterinario acreditado ante el Senasa en Sanidad y Bienestar Equina, responsable del control sanitario y documental durante la realización del evento en cuestión.
El veterinario acreditado deberá estar instruido sobre dónde tiene que ubicar el puesto de control, cuál es el procedimiento para revisar la documentación, cómo confeccionar la planilla de registros con todos los equinos que ingresan al evento y de qué manera debe actuar ante inconsistencias documentales y/o sanitarias.
En tanto, cada animal debe ingresar acompañado por su Libreta Sanitaria Equina (LSE) o pasaporte Equino (PE), ya que ambos documentos acreditan su identidad y sanidad. Las mismas deben contener:
-Habilitación del Senasa, con fecha y oficina local donde fue registrada la libreta.
-Test diagnóstico de anemia infecciosa equina (AIE) con una antigüedad menor a 60 días y firma del veterinario responsable de la extracción de la muestra.
-Resultado negativo, firma y estampilla del veterinario del laboratorio de realizó el diagnostico de AIE.
-Vacunación contra influenza equina y encefalomielitis equina.
Una vez realizado el control documental y sanitario de cada equino, el veterinario acreditado debe realizar la carga de los datos más importantes de cada animal presente en la planilla de registros que acompaña al Acta de compromiso. La presencia del veterinario del Senasa en estos eventos es muy importante para acompañar al veterinario acreditado, al organizador del evento y reafirmar el cumplimiento sanitario y documental de la Resolución Senasa 617/2005.
Cabe recordar a todos los tenedores de equinos que continúa vigente la emergencia sanitaria por encefalomielitis equina y que, a los fines de evitar los efectos negativos del virus, preservar el bienestar animal y fortalecer su sanidad, es obligatoria la vacunación contra esa enfermedad para todos los équidos desde los dos meses de vida, de acuerdo a la Resolución Senasa 115/2024.
La medida determina que la totalidad de la especie deberá tener vigente la vacuna y que aquellos que no hubieran recibido la primera dosis de la vacunación, deberán hacerlo dentro del plazo de diez días luego de publicada la norma. Asimismo, la resolución establece que cada equino debe contar con el certificado de vacunación a fin de acreditar la vacuna, emitido con firma y sello de un veterinario matriculado que actúe de forma particular o a través de un ente sanitario registrado en el Senasa. Además, el certificado tendrá que expresar los datos de interés que identifiquen al animal involucrado y la información de la vacuna aplicada.
De acuerdo a las condiciones de inoculación, en los primovacunados se debe implementar un refuerzo en los plazos estipulados, según prescripción del laboratorio elaborador. Una vez completado el esquema de primovacunación y refuerzo, la revacunación se efectúa de forma anual.
Cabe destacar que, ante cambios de conducta o comportamientos poco habituales en equinos, cualquier persona puede notificar al Senasa.
FUENTE: SENASA