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Registro

Senasa activó un trámite obligatorio para exportadores de carne y soja

Ante nuevas exigencias de la Unión Europea, Senasa habilitó una declaración jurada para compartir datos necesarios para procesos de certificación.

9 de mayo de 2026 - 08:00

Conforme a la Resolución 50/2024 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, el Senasa estableció que, desde esta semana, las personas humanas y jurídicas inscriptas para exportar algunos productos de origen animal y/o vegetal a la Unión Europea deben realizar una Declaración Jurada.

Aquellos operadores comerciales de exportación de soja y carne vacuna – en principio – deben dar conformidad mediante esta gestión para que los datos vigentes en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Senasa sean utilizados por certificadoras del ámbito privado.

Deben aceptar compartir su información relativa a la ubicación, georreferenciación, movimientos, existencias, entre otra información necesaria para la operatoria y/o simplificación del esquema y/o certificación de que se trate.

Inserción internacional de la agroindustria

Para mejorar la transparencia, competitividad e inserción internacional de los productos agroindustriales argentinos, la mencionada Resolución 50/24 creó el Directorio de Esquemas de Diferenciación Agroindustriales, que cumple con la normativa de la Unión Europea que busca garantizar que los productos comercializados o exportados hacia ese destino no contribuyan a la deforestación ni a la degradación forestal.

Cómo es el trámite

La gestión solicitada se realiza a través del SIGTrámites del Senasa de manera 100% digital tanto para personas físicas como jurídicas. En este último caso, el representante legal o administrador de relaciones deberá delegar el servicio SIGTrámites al usuario que actuará como representante de la firma, para que pueda operar el sistema y realizar los trámites en nombre de la empresa.

El ingreso al SIGTrámites se realiza desde la página web de ARCA, con clave fiscal, se busca el trámite “Declaración Jurada de autorización de datos Renspa” para iniciarlo. Se debe tener en cuenta que, si el usuario ingresa por primera vez, el sistema solicitará por única vez, que se ingrese un correo electrónico que será utilizado para notificaciones del sistema, que debe ser validado a través de un enlace. Una vez validado el correo electrónico de notificaciones, se podrá completar la declaración jurada para ser enviada.

La gestión será necesaria para las exportaciones a realizarse a partir del 1 de enero de 2027.

FUENTE: Senasa

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