La Comisión Europea propuso postergar por un año (hasta el 30 de diciembre de 2025) la implementación del Reglamento (UE) 2023/1115, que regula la importación de productos libres de deforestación. La iniciativa no modifica la cuestionada norma, pero busca brindar más tiempo para la adecuación de los actores de interés.
La Comisión considera que la fecha de aplicación de las disposiciones del Reglamento (UE) 2023/1115, que establecen obligaciones para operadores, comerciantes y autoridades competentes, enumeradas en varios artículos de dicho Reglamento, debe posponerse 12 meses para permitir que los Estados Miembros, los países socios exportadores, los operadores y comerciantes estén mejor preparados.
Esto también les permitiría que se establezcan plenamente los sistemas de debida diligencia necesarios para asegurar que todos los productos básicos y productos relevantes que estarán disponibles en el territorio de la UE cumplan las disposiciones del Reglamento (UE) 2023/1115.
El plazo extendido también permitirá una mayor cooperación con terceros países, cuando sea pertinente, varios de los cuales han expresado preocupaciones relacionadas con el corto plazo de implementación.
Plazo extendido
El plazo extendido también desplaza la fecha a partir de cuándo se aplicará la regulación sobre las pequeñas y medianas empresas al 30 de junio de 2026. Lo que no varía es el 30 de diciembre de 2024 como fecha límite que tiene la UE para publicar mediante actos de ejecución la lista de países, o de parte de países, que presentan un riesgo bajo o alto de deforestación.
Al mismo tiempo, se destaca que, esta propuesta no modifica ninguna norma sustantiva del Reglamento (UE) 2023/1115, sino que simplemente tiene como objetivo conceder tiempo adicional necesario para que los operadores, comerciantes y autoridades competentes se preparen para cumplir con las obligaciones previstas en dicho Reglamento.
Si bien todos los elementos requeridos para su implementación están técnicamente listos, la propuesta responde a las preocupaciones expresadas en la UE y por socios internacionales, proporcionando tiempo adicional para que los operadores y comerciantes realicen los ajustes necesarios a fin de minimizar el impacto en las empresas que cumplen con los objetivos del Reglamento.
¿Qué implica para Argentina el Reglamento 2023/1115?
La Comisión Europea aprobó en el año 2023 el Reglamento 1115 sobre Productos Libres de Deforestación, el cual busca que una serie de productos importados por parte de los países del bloque no provengan de zonas deforestadas. Respecto al impacto en Argentina, dicha reglamentación incorpora a los productos que derivan del ganado bovino y de la soja, bienes claves de las exportaciones argentinas. Al mismo tiempo, se incluye actualmente al cacao, el café, el aceite de palma, el caucho y la madera, y algunos de sus productos derivados.
Según la Bolsa de Comercio de Rosario, la Unión Europea fue destino del 12% de las carnes y cueros bovinos exportados por Argentina y el 20% de los envíos de harina de soja en el año 2022. En este sentido, dicho bloque comercial es el principal destino de nuestro principal producto de exportación a nivel nacional que deviene del procesamiento de la soja. De esta manera, es una regulación de gran impacto en nuestro país y es clave seguir de cerca los avances de su implementación, por las implicancias que tiene para nuestra inserción comercial externa en los productos agroindustriales.
Según la norma, la fecha de entrada en vigor sería a partir del 30 de diciembre de 2024, momento a partir del cual los importadores europeos deberían asegurar que los productos importados incluidos en la norma estén libres de deforestación al 31 de diciembre de 2020. Por lo cual, todo lote que haya sido o sea deforestado del 2021 en adelante (más allá de la legislación local) no podrá ser utilizado para agricultura o ganadería en el caso que la materia prima o sus productos tengan por destino a la Unión Europea.
Respecto al impacto en las empresas, las mismas deben cumplimentar la “debida diligencia”, la cual refiere a que deben llevar la información sobre la trazabilidad de los productos para saber el origen de los bienes que se están comercializando. Ello, con diferentes niveles de exigencias para los importadores según el riesgo asignado a cada región/país. Si bien se debe cumplimentar con este requisito desde 2025, se contempla un período de adaptación de seis meses para las micro, pequeñas y medianas empresas europeas, ya que la fecha de inicio de aplicación de la norma pasa al 30 de mayo de 2025 en estos casos.
Vale destacar que, si bien las obligaciones son para las empresas importadoras europeas, esta reglamentación tiene claras implicancias para los países vendedores. Esto, debido a que se los países proveedores tendrán que poder brindar la información correspondiente a las empresas importadoras del bloque europeo, para poder acceder a dicho mercado.
Reacción del gobierno y productores ante la postergación
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía valoró que la Comisión Europea haya presentado una propuesta para postergar la implementación del Reglamento (UE) 2023/1115 pensando en las cadenas libres de deforestación.
Por su parte, la Sociedad Rural Argentina manifestó su agrado ante esta propuesta europea, ya que la entidad rechazó tanto en ámbitos nacionales como internacionales (Federación de Asociaciones Rurales del Mercosur, Foro Mercosur de la Carne, Organización Mundial de Agricultores, reuniones COPs y encuentros específicos en Chile, Paraguay, Uruguay, Alemania y Bélgica), de manera categórica dicha imposición.
Desde el inicio de la propuesta de reglamento, Argentina expresó sus preocupaciones y cuestionamientos respecto a varios aspectos de esta medida unilateral, y presentó distintos reclamos ante la Unión Europea, tanto en forma individual como en gestiones conjuntas con otros países, de manera bilateral y ante los foros multilaterales correspondientes.
El país cuestiona la compatibilidad del reglamento con la normativa de la OMC, que exige que este tipo de medidas no se constituyan en una barrera encubierta con efectos distorsivos sobre el comercio internacional. Se manifestó asimismo la preocupación por la falta de precisiones sobre la implementación del reglamento, que generaban incertidumbre entre los operadores comerciales, a solo tres meses de su posible entrada en vigor.
Aún falta el visto bueno
Ahora se espera que el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo den el visto bueno a la propuesta de la Comisión, en línea con los reclamos realizados por nuestro país. Argentina propondrá ahora en el marco del CAS realizar acciones ante ambas instancias.
"El Gobierno Nacional continuará trabajando junto con los productores y exportadores de las distintas cadenas de valor para abogar por normativas y estándares acordes a la legislación internacional, que contemplen las distintas realidades locales y favorecer su inserción en los mercados mundiales ante el incremento de requerimientos basado en nuevos atributos", indicaron desde la cartera de Agricultura.
En esta línea, se implementará un marco voluntario para facilitar el acceso a la información pública por parte de distintas herramientas de diferenciación que permitan dar cumplimiento a dichos requisitos.