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Alerta

¿Cuáles son los antimicrobianos que no se pueden usar más en veterinaria?

El Senasa informó un listado de productos veterinarios antimicrobianos que serán reservados para su uso en humanos. Repasá el listado completo acá.

1 de mayo de 2024 - 22:48

El Senasa estableció nuevas condiciones para la comercialización y el registro de productos veterinarios cuya formulación contenga principios activos antimicrobianos, en pos de cuidar la salud de las personas y promover el uso racional de los agentes para atender la sanidad de los animales.

Así, la nueva norma dispone la restricción de la elaboración, comercialización, tenencia, uso o importación en todo el territorio nacional de determinados productos con activos antimicrobianos reservados únicamente para su uso en la salud humana, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud de la Nación.

Por otro lado, la normativa restringe el uso de otros antimicrobianos con fines de promoción de crecimiento, mejoradores de desempeño y/o eficiencia alimentaria en animales. Además, la resolución dictada por el Senasa indica que quienes tengan inscriptos productos veterinarios compuestos por agentes antimicrobianos –y estén alcanzados por la presente normativa –deberán elevar al organismo sanitario nacional una propuesta de adecuación de indicaciones y rotulados.

En la misma línea, la normativa establece modificaciones en aquellos productos que se encuentren elaborados con Fosfomicina o Polimixina B, los cuales se encuentran en el listado de activos antimicrobianos reservados para su uso en personas.

Productos veterinarios antimicrobianos reservados para uso humano

De esta manera, quienes tengan registrados productos veterinarios compuestos por las sustancias mencionadas, tendrán un plazo de treinta (30) días, desde la puesta en vigencia de la presente resolución, para solicitar el cambio en las condiciones de registro con pase exclusivamente para exportación, en cuyo caso se otorgará un nuevo Certificado de Uso y Comercialización Exclusivo para Exportación.

Más cambios del Senasa

Cada titular de registro Exclusivo para Exportación, referido en el párrafo anterior, deberá registrar todos los movimientos del principio activo utilizado para la elaboración de su/s producto/s, en las planillas obrantes como Anexo II (Ver debajo) se la presente resolución, las cuales se enviarán trimestralmente por correo electrónico a [email protected] y deberán ser archivadas por los titulares de los productos, quedando a disposición para auditorías que llevará a cabo la Dirección de Productos Veterinarios del Senasa.

En 2022, Argentina alcanzó el más alto estándar de lucha contra la RAM, mediante la promulgación de su Ley 27.680, Nacional y de orden público, que es estandarte del compromiso asumido por nuestro país, bajo el lema “Una Salud”. De esta manera, el Senasa encausa su legislación y se suma al esfuerzo de lucha del resto de los países alrededor del mundo.

FUENTE: Senasa

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