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SUSCRIBITEEl proyecto de Resolución sobre la inscripción de complementos dietarios para animales fue puesto a consideración de los distintos actores involucrados en el tema a partir de una consulta pública que el Senasa mantuvo abierta desde el 30 de octubre hasta el 28 de diciembre del año pasado.
Durante ese lapso, se sucedieron una serie de opiniones a favor y en contra de lo planteado, planteándose algunas discrepancias fundamentalmente en las expectativas de los laboratorios veterinarios (representados por Caprove y Clamevet), las empresas ligadas a la nutrición animal reunidas en Caena y algunas asociaciones de productores (distintas especies).
También culminó la consulta pública ligada a la provisión de estándares para determinar los residuos de drogas veterinarias en animales de consumo humano. Los mismos serán objeto de verificación por parte del Plan de Control de Residuos e Higiene de los Alimentos. En este sentido, el artículo primero de la normativa establece como objeto que: «Las empresas que tengan registrados medicamentos veterinarios ante el Senasa, y cuyos principios activos coincidan con las drogas listadas en el Anexo I que forma parte integrante de la disposición, deben entregar a la DILACOT las drogas mencionadas, respetando marcas y purezas declaradas, conforme al Artículo N° 2 de la Resolución Senasa Nº 154/2002».
Quienes deseen contar con el listado de estándares de referencia mencionado como «Anexo I» anteriormente, pueden solicitarlo a [email protected].
No olvidemos que en la actualidad existen productos de administración oral para animales, que por sus características, son difíciles de definir como medicamento o alimento y ese era el punto a definir entre las partes, con la buena predisposición al diálogo generada desde el Senasa.
En ese sentido y para evitar ambigüedades en el marco regulatorio, el proyecto de resolución en cuestión propone la creación de una solicitud de inscripción específica para estos complementos dietarios que incluyen, entre otros a los nutracéuticos, los probióticos, los prebióticos y las extractos vegetales.
Vale recordar también que ya en el seminario del Comité de las Américas de medicamentos Veterinarios (CAMEVET) de 2009 -en Guadalajara, México- se comenzó a trabajar en este tipo de propuestas a nivel continental.
En definitiva y a fin de que el proyecto se convierta finalmente en resolución, las partes involucradas habrían llegado a un acuerdo en cuanto a la necesidad de establecer una clara diferencia entre lo que es un medicamento y lo que representa un aditivo para la alimentación, es por ello que será esencial dejar bien en claro que este tipo de productos no deben incluir en sus rótulos ni una propuesta de tratamiento, ni una acción terapéutica específica.
¿Qué pasará? El tiempo lo dirá…