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Bioseguridad

Senasa prohíbe vacunas contra Peste Bovina para proteger el estatus sanitario

Senasa prohibió las vacunas contra la Peste Bovina para preservar el comercio exterior de carne y subproductos y el estatus sanitario del país.

Por Redacción de MOTIVAR 7 de julio de 2026 - 16:47

Argentina reforzó su estatus sanitario con una decisión estratégica del Senasa que prohíbe la vacunación contra la peste bovina, así como la elaboración, importación, comercialización, tenencia y uso de esas vacunas. La medida busca preservar el reconocimiento internacional del país y consolidar el acceso a los mercados de exportación.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 588/2026, publicada en el Boletín Oficial, y se enmarca en la estrategia sanitaria nacional para mantener a la Argentina como país históricamente libre de peste bovina, condición reconocida por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).

Sobre la peste bovina

La peste bovina fue una de las enfermedades virales más devastadoras para la ganadería mundial. Afectaba principalmente a bovinos, búfalos y otros animales de pezuña hendida, provocando importantes pérdidas productivas y económicas. Tras una campaña internacional liderada por la OMSA y la FAO, la enfermedad fue declarada erradicada en 2011, convirtiéndose en la segunda enfermedad infecciosa eliminada a nivel global después de la viruela humana.

A partir de esa erradicación, ambos organismos recomendaron restringir al máximo el uso de vacunas y mantener únicamente reservas estratégicas bajo estrictos controles internacionales. En ese contexto, el Senasa recordó que Argentina nunca implementó campañas de vacunación contra la peste bovina, precisamente porque el virus nunca circuló en el país.

Sin vacunación preventiva

Según fundamenta la resolución, la vacunación preventiva carece de justificación técnica y epidemiológica. Incluso, advierte que la generación de anticuerpos podría dificultar la vigilancia sanitaria, enmascarar una eventual reintroducción del virus y comprometer el sistema de detección temprana.

La normativa establece una prohibición absoluta para elaborar, importar, distribuir, vender, almacenar o utilizar vacunas contra la enfermedad, independientemente de la tecnología empleada, ya sean formulaciones con virus vivos atenuados, inactivados o vacunas recombinantes. Además, impide el ingreso al país de animales de pezuña hendida vacunados contra la peste bovina.

Desde el organismo destacaron que mantener una legislación alineada con los estándares internacionales fortalece la credibilidad del sistema sanitario argentino y brinda mayores garantías a los mercados compradores. En ese sentido, la actualización normativa busca facilitar las negociaciones sanitarias y sostener la competitividad de las exportaciones de carne bovina, menudencias y otros productos de origen animal, en un escenario internacional cada vez más exigente.

Resolución completa

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