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Normativa

La receta electrónica en veterinaria: incertidumbre y mucho más...

Mientras algunos colegios veterinarios y entidades esperan directivas de los entes sanitarios, CABA y Córdoba avanzan con la receta electrónica.

Motivar | Lizi Domínguez
Por Lizi Domínguez 19 de enero de 2025 - 08:00

“Caminando descalzos y muy lejos de estar en carrera”. Así resumió el presidente de un colegio veterinario la situación de incertidumbre que reina en el sector en cuanto a la receta electrónica de medicamentos que rige desde el 1° de enero.

¿Alcanza al rubro veterinario? ¿Cuándo y hasta dónde es obligatoria? ¿Cómo debe aplicarse? Estas son solo algunas de las preguntas que se escuchan al respecto.

Lo cierto es que desde el 1° de enero ya rige plenamente la ley N° 27.553 de Recetas Electrónicas, que establece la obligatoriedad, para los profesionales de la salud, de prescribir medicamentos a través de plataformas digitales.

Es que la norma no menciona al sector veterinario en ninguno de sus artículos, resoluciones ni decretos modificatorios, lo cual en principio daría cuenta de un presunto vacío legal.

De todas maneras, el cúmulo de dudas gira en torno a la prescripción que los veterinarios hacen en situaciones excepcionales de medicamentos de humanos a animales de compañía.

receta electronica 1.jpg

MOTIVAR realizó un relevamiento con la intención de dar a conocer cómo las entidades colegiadas instruyen a los matriculados sobre la implementación del nuevo sistema en esos casos, e incluso aportar con la difusión de instructivos.

El resultado en un principio fue insospechado: desde distintas provincias nos confesaban no saber cómo debían hacer para acoplarse a la normativa, y lo atribuían a que a la hora de consultar al respecto al Senasa, su interlocutor natural, y también al Ministerio de Salud de la Nación, no obtenían respuesta alguna.

Fallos en la comunicación

La ley 27.553 fue reglamentada en julio del año pasado, con un plan de adaptación e implementación gradual, pero esto “se venía comunicando poco, y mal”, dijeron los referentes consultados por MOTIVAR.

Esas mismas fuentes coincidieron en que la vía de comunicación natural debería ser el Senasa, pero “tienen cortados los canales de comunicación y no sólo por este tema de la receta electrónica, sino en general”, aseguraron.

La ley de receta electrónica

La ley N° 27.553 de Recetas Electrónicas fue aprobada en agosto de 2020 y reglamentada por el decreto N° 98 del 27 de febrero de 2023 para la prescripción de productos de “expendio legalmente restringido”.

Entró en vigencia recién el 1° de julio pasado, pero con un plan gradual de adecuación que, según un comunicado oficial, venció el 31 de diciembre, por lo que el 1° de enero entraría en plena vigencia en todo el país, con ciertas salvedades relacionadas con zonas desfavorables, accesibilidad a Internet e imponderables.

A lo concreto

Lo cierto es que, para que los colegios y los profesionales accedan al sistema de prescripción digital, lo primero que debe suceder es que el gobierno de cada provincia adhiera a la respectiva ley.

A continuación, los profesionales deben escoger dos plataformas digitales (una principal, y otra de respaldo) entre las decenas que hay disponibles aprobadas oficialmente y que figuran en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), para la confección de las recetas.

MOTIVAR entrevistó a la presidenta del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dra. Viviana Azas, quien explicó que en CABA la implementación de la receta electrónica es obligatoria (por depender directamente del Gobierno Nacional) e “incluso algunos profesionales ya la vienen utilizando desde antes del 1° de enero”.

¿Qué ocurre en el interior del país?

Azas explicó que, en resto del país, “al ser autónomas, las provincias pueden adherir o no a la ley, por lo que las que no lo hagan, podrán seguir prescribiendo los medicamentos en papel”.

También aclaró en cuanto a los datos que deben ingresarse a la hora de prescribir con una receta electrónica, que no se colocan los de las mascotas sino los de sus tutores, porque, por ejemplo, los animales de compañía no tienen número de DNI, un dato fundamental.

Receta_Digital_CPMV.pdf

Además de CABA, los colegios veterinarios de algunas provincias ya están aplicando o están en vías de implementación de la receta electrónica, como el de Córdoba, cuyo gobierno provincial adhirió a la respectiva ley, según confirmó a MOTIVAR la presidenta del Colegio local, la MV Natalia Elstner.

Productos para humanos en veterinaria

Si bien el tema es de larga data y controversial, el uso de medicamentos para humanos para tratar enfermedades de animales de compañía, es una práctica que sigue existiendo, por ejemplo con los casos de la Vincristina, la Pregabalina y la Gabapentina, por nombrar algunos.

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