El diputado nacional Pablo Juliano presentó un proyecto para crear un nuevo régimen de bienestar animal en Argentina. La iniciativa propone diferenciar los actos de maltrato y crueldad, incorporar la responsabilidad culposa y establecer penas de hasta tres años de prisión, además de multas que podrían superar los $17 millones.
Impulsan ley de bienestar animal con multas millonarias
El proyecto propone un régimen de bienestar animal con impacto en el sector agropecuario: diferencia maltrato y crueldad y fija multas de más de $17 millones.
La propuesta, impulsada por el legislador del bloque Provincias Unidas, plantea además la derogación de la Ley 14.346, vigente desde 1954, con el objetivo de actualizar el marco legal y dotarlo de mayor claridad conceptual y proporcionalidad en las sanciones.
Según el texto, el régimen reconoce a los animales como seres sintientes y busca garantizar el respeto por su vida, integridad física y psíquica, estableciendo mecanismos para prevenir y sancionar cualquier forma de maltrato o crueldad.
Búsqueda del bienestar animal
En los fundamentos del proyecto, Juliano sostuvo que la iniciativa apunta a “modernizar la norma, dotándola de mayor claridad conceptual, proporcionalidad punitiva y seguridad jurídica”, al tiempo que busca armonizar la protección animal con las actividades productivas y sanitarias que se encuentran reguladas.
Uno de los puntos centrales de la propuesta es la incorporación explícita de la responsabilidad culposa. En ese marco, se contemplan situaciones como el abandono sin alimento ni agua, el encierro prolongado o la omisión de cuidados esenciales. “Tales comportamientos afectan de igual modo el bien jurídico protegido y no deben quedar impunes”, advirtió el legislador.
El proyecto también establece una diferenciación entre maltrato y crueldad. Mientras que el primero puede derivar de negligencia o imprudencia, los actos de crueldad se vinculan con conductas dolosas que implican ensañamiento, tortura o muerte innecesaria de los animales.
De avanzar en el Congreso, la iniciativa reemplazaría una normativa con más de siete décadas de vigencia y abriría un nuevo debate sobre el alcance de las sanciones y las responsabilidades vinculadas al bienestar animal en el país.
Prácticas en el sector agropecuario
El proyecto también aclara que no serán considerados actos de crueldad las prácticas desarrolladas en establecimientos agropecuarios cuando se realicen en cumplimiento de normas sanitarias o en el marco de la actividad productiva debidamente regulada.
Entre estas acciones se incluyen tareas como la marca, señal, colocación de caravanas o implantes en los animales, procedimientos contemplados en la legislación vigente y vinculados a la identificación y manejo sanitario del rodeo.
Asimismo, la iniciativa establece que la castración de animales de producción —como bovinos, ovinos, caprinos o porcinos— podrá realizarse al momento del destete o antes, por personal idóneo del establecimiento con experiencia en la práctica. En estos casos, se deberán aplicar medidas de antisepsia y desinfección para evitar complicaciones, sin que sea obligatorio que el procedimiento lo realice un médico veterinario.