“Inscribirse en GS1 es la primera manifestación de cumplimiento”
Veterinarias y distribuidores de los productos detallados en la normativa deberán sumarse -de forma obligatoria- al Sistema de Trazabilidad del Senasa antes de agosto.
En agosto se cumplirá un año de la entrada en vigencia de la Resolución 369/2013 del Senasa, por medio de la cual se crea el Sistema de Trazabilidad de Productos Veterinarios. Y será en ese momento cuando tanto distribuidores, como comercios minoristas, deban sumarse -de manera obligatoria- a las acciones que impulsa el ente en cuanto a la declaración de movimientos comerciales de los principios activos incluidos en esta primera etapa: promotores de crecimiento no hormonales destinados a especies productoras de alimentos, y estradiol y psicotrópicos -ketamina- en todas las especies.
Todas las presentaciones de los productos deberán tener una identificación específica (provista desde GS1) por lote y también por serie para el último de los principios mencionados. En relación al estradiol, y si bien la normativa sostiene que debe ser trazado por lote y serie, sería factible que se desestime esta última, a fin de que su puesta en práctica sea más viable.
ACCIONES DE DIFUSION EN EL INTERIOR DEL PAIS
En el marco de la puesta en marcha del Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Veterinarios, el Senasa organizó (en conjunto con personal de GS1 y PAMI) una serie de jornadas de difusión sobre el uso de esta herramienta destinadas a distribuidores mayoristas, comercios minoristas y veterinarios que operen con los productos alcanzamos por la Resolución 369/2013.
En ese marco y desde el mes de abril, se llevaron adelante una serie de charlas en las regionales Cuyo / Córdoba; Santa Fe / Entre Ríos; Buenos Aires Sur; Chaco / Formosa – Corrientes / Misiones; Metropolitana – Buenos Aires Norte; NOA Norte y Sur; La Pampa / San Luis y Patagonia Norte y Sur, del Senasa.
«El sistema está operativo desde febrero para las empresas que codifican sus productos (importadores de materias primas y laboratorios elaboradores). Ellos fueron quienes tuvieron un mayor compromiso en estos meses», le comentó -a este Periódico MOTIVAR– la Dra. Laura Bonomi, representante de la dirección nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos del Senasa.
Además, dejó en claro que desde agosto la obligatoriedad es para toda la cadena. Y agregó: «El único actor que no tiene que registrarse es el usuario final. Más allá de eso, lo tendremos identificado por medio del CUIT con que concretó la operación comercial.
Periódico MOTIVAR: ¿Cómo viene funcionando el sistema?
Laura Bonomi: Realmente bien. Tenemos que seguir avanzando, ya que no está funcionando a pleno la trazabilidad. Esto se debe a que como se estableció un día para la obligación de declarar en el sistema sobre una cadena de comercialización viva, se otorgó un plazo para que los codificadores declararan el stock de materias primas y productos terminados que tenían en su poder. Las empresas presentaron sus stocks disponibles siguiendo pautas concretas: si ya disponían de activos para formular, estos no debían ser trazados. Pero sí debieron comenzar a hacerlo con los productos finales surgidos de esa elaboración.
Queda claro que, durante un tiempo, coexistirán en el mercado productos trazados con otros no trazados, tema que, sin dudas, le quita presión a quienes ya declararon sus stocks iniciales y pueden ir cumpliendo con la normativa paulatinamente.
Más allá de esto, debieron intimar a algunas compañías…
Si, efectivamente. Desde la Dirección sabemos perfectamente cuáles son las empresas que se deberían inscribir en GS1, las que ya lo hicieron y las que no, más allá de que deban comenzar a trazar o no, dependiendo de la declaración inicial de stocks.
La clave es obtener el GTIN y comenzar a identificar los productos que correspondan. Por eso, intimamos a las empresas. La primera manifestación de cumplimiento de la norma es inscribirse en GS1.
El sistema es de cumplimiento obligatorio, ya está en marcha y prevé sanciones para quienes no cumplan. Más allá de esto, son pocas las firmas que aún quedan por registrarse.
¿Qué buscaron con las jornadas de difusión que estuvieron dictando?
Acercarnos a todos los actores, pero fundamentalmente a los distribuidores y comercios veterinarios que deberán comenzar a trazar en agosto. Para ello fue clave el apoyo que recibimos de parte de las oficinas locales del Senasa en las provincias (Ver recuadro), quienes -entre otras cosas- nos cedieron el espacio para vincularnos y explicar, junto con personal de GS1 y el PAMI el manejo del sistema. Independientemente de esto, es clave dejar en claro que en la Web del Senasa (Ver Nota adjunta) se destacan claramente los pasos a seguir.
¿Qué información deben tener presente veterinarias y distribuidoras?
Lo fundamental es que comiencen a inscribirse de manera gratuita en GS1 y obtengan su GLN (código que ubica geográficamente al usuario). Si bien el hecho de contar con una lectora puede facilitar la lectura de los GTIN (código que identifica a los productos), esto no es obligatorio y la carga se puede realizar de manera manual, sin mayores inconvenientes, ni retrasos.
¿A qué conclusiones arribaron?
Percibimos los temores y las consultas lógicas que generan este tipo de cambios en la forma habitual de trabajar. Es comprensible y por eso decidimos acercarnos.
Debe quedar claro que el cumplimiento de la norma es obligatorio y es por eso que seguimos trabajando para que los colegios y consejos de veterinarios de todo el país se sumen al control de la misma. Sinceramente, esperamos que actúen de manera profesional y cumplan con esta responsabilidad.
No estamos hablando de cualquier actor, sino de veterinarios universitarios que están capacitados para hacerlo.
INFORMACION DE UTILIDAD
Preguntas frecuentes y respuestas a tener en cuenta
Aquí algunos interrogantes que desde el Senasa se responden sobre el Sistema.
El resto de la información se encuentra en «Preguntas Frecuentes», disponible dentro de «Productos Veterinarios» en www.senasa.servicios.pami.org.ar.
¿Cómo se da el alta para realizar varias actividades?
El sistema prevé un menú para seleccionar todas las actividades para las cuales está registrada la empresa ante el Senasa. En caso de tener inconvenientes, consultar con GS1. Empresa y actividades no podrán ser diferentes a las declaradas en DIRABIO y DPVyAA. ¿No se puede vender si el cliente no está registrado?
Si el receptor de mercadería es un distribuidor o comerciante que tiene un plazo mayor para ingresar al sistema, la empresa puede venderle pero deberá informar dichas ventas utilizando el evento: «Envío a Comerciante No Inscripto en el Sistema», indicando el número de CUIT del cliente. La posibilidad de informar este evento dejará de existir cuando estos comerciantes pasen a estar obligador a ingresar al sistema.
¿Qué sucede con los stocks a partir de la fecha de implementación de la Resolución? ¿Cómo se declaran si no están identificados?
Se deberán declarar los stocks por nota a Mesa de Entrada de la DIRABIO y la DPVyAA con carácter de declaración jurada, que indique cantidad de envases, capacidad, número de lote y fecha de vencimiento, antes de la entrada en vigencia de la Resolución. Dicho stock no se carga en el sistema y no debe ser etiquetado, pero sí deberán etiquetarse e informarse los productos que se formulen a partir de esa materia prima no trazada. Las recepciones por devolución de productos no etiquetados, tampoco deberán ser informados.