» Organizado por la FEVA y realizado en Resistencia, Chaco, a fines de abril, del mismo surgieron importantes conclusiones que permitirán mejorar la lucha contra esta zoonosis en nuestro país.
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SUSCRIBITE» Organizado por la FEVA y realizado en Resistencia, Chaco, a fines de abril, del mismo surgieron importantes conclusiones que permitirán mejorar la lucha contra esta zoonosis en nuestro país.
Realizado del 29 al 30 de abril pasado en la ciudad de Resistencia, Chaco, el primer foro veterinario sobre leishmaniosis visceral canina contó con la participación de 217 profesionales de las ciencias veterinarias de distintas provincias de nuestro país. A ellos, se sumaron especialistas de organismos oficiales de control, así como de instituciones de investigación y organismos internacionales.
Surgieron importantes conclusiones, las cuales deberían ser tenidas en cuenta a fin de controlar una enfermedad que continúa ocasionado inconvenientes, fundamentalmente, en el Norte argentino.
En este sentido, la FEVA comunicó que: «resulta imprescindible brindar todo el apoyo y fortalecimiento a la primera línea de mitigación de la problemática vinculada a la enfermedad (los Municipios), proveyéndolos de profesionales veterinarios capacitados para la acción preventiva, equipados adecuadamente, y con los recursos humanos, materiales y económicos suficientes para la implementación de las actividades que les son propias, de acuerdo a las directivas de la autoridad sanitaria, propiciando a la vez una red comunicacional dinámica entre el subsector público de la salud, la actividad veterinaria privada y la comunidad en general, sin cuyo apoyo no se logrará el éxito por todos esperados».
Competencia institucional
En este sentido se destacaron, entre otras, las siguientes sugerencias:
¢ Adoptar para cada jurisdicción municipal el documento del Ministerio de Salud de la Nación sobre el «Programa Nacional de Leishmaniasis».
¢ Teniendo en cuenta la diversidad de información existente, se debe establecer un camino crítico que permita la accesibilidad de la notificación y procesamiento de la información.
¢ Propender a la estructuración, en forma uniforme, de las dependencias responsables de zoonosis a cuyo frente deberá estar un profesional veterinario.
¢ Recurrir a líneas de investigación que permitan desarrollar y consolidar información técnica y científica en la problemática de la leishmaniosis visceral canina, en los siguientes campos: diagnostico, vacunas, tratamiento, control de vectores y enfermedad clínica en animales.
¢ Lograr el apoyo interinstitucional para favorecer el logro de los objetivos del Programa Nacional.
¢ Se recomienda la instrumentación del marco legal (ordenanza u otra normativa), que respalde las acciones a desarrollar en cada una de las problemáticas.
¢ Mantener acciones a través del tiempo, asistiendo al desarrollo de programas de control de poblaciones caninas y tenencia responsable, que tiendan a descartar el sacrifico innecesario de animales.
¢ Recomendar un instrumento regulatorio de control de movimiento de especies susceptibles (perros y gatos) que resguarde la situación de las áreas con distintos estatus epidemiológicos.
Laboratorios de diagnóstico
La mesa de trabajo reunida para analizar este punto recomendó:
¢ Red de Laboratorios: Conformarla para el diagnóstico de la leishmaniosis visceral canina, considerando que desde el aspecto médico veterinario, su regulación y control debería estar a cargo del Senasa, con controles de calidad efectuados por laboratorios de referencia.
¢ Laboratorios de Red: Deberán estar acreditados por el Senasa. Serán sus funciones el diagnóstico serológico y parasitológico de las muestras provenientes de animales sospechosos, su dirección técnica deberá estar a cargo de un veterinario.
¢ Laboratorios de Referencia: Cada provincia deberá contar con uno
¢ Flujograma de información y notificación: Los veterinarios clínicos que hagan serología deberán notificar los casos positivos a la Municipalidad local dentro de las 24 horas. Los informes se realizarán por triplicado: una copia se entregará al Municipio, otra al propietario y la tercera la conservará el profesional actuante. El Municipio realizará la comunicación del caso a la Oficina Local del Senasa correspondiente.
¢ Test rápido: Se propone que la distribución de los mismos se realice a través de Colegios o Consejos profesionales, acompañados del formulario a completar por triplicado.
Reservorio canino
Las conclusiones alcanzadas por los especialistas estuvieron basadas en el Plan Nacional de Leishmaniasis, y destacan la participación de la profesión veterinaria, como parte integrante del sistema de salud.
En este sentido, se resaltó que «el perro no es el responsable de la enfermedad, sino una víctima más de la misma. Sin dejar de considerar la importancia de un adecuado control y monitoreo por su condición de reservorio, se debe focalizar el combate del vector y el control de la población de animales vagabundos con o sin dueños».
«Consideramos que la información científica disponible en la actualidad es lo suficientemente controversial como para tomar medidas drásticas respecto a las posibilidades de tratamiento o utilización de vacunas existentes y que un programa de atenuación de riesgo de la leishmaniosis visceral no debería excluir la alternativa de utilizar estos recursos, junto con otras medidas. Estas controversias, igualmente, deberían ser un motivo para profundizar investigaciones en lo que hace al diagnóstico, terapéutica o desarrollo de vacunas por parte de las distintas instituciones .
Asimismo, destacaron las siguientes consideraciones:
¢ Ante perros positivos con o sin propietario la primera indicación es la eutanasia.
Para los casos en que el animal sea diagnosticado positivo y el propietario no aceptara la eutanasia, éste se deberá comprometer al tratamiento debidamente informado de los riesgos, con drogas diferentes a las de uso humano para el tratamiento. En estos casos, se deberá implementar un sistema de control mediante compromisos de los propietarios y veterinarios privados. El profesional deberá hacerse responsable de fiscalizar el cumplimiento de las medidas recomendadas que estén a su alcance.
El propietario deberá firmar una declaración jurada de consentimiento informado, en el cual deberán constar los riesgos que implica mantener la mascota positiva a LV, y por la cual se hace responsable de cumplir con las medidas de mitigación de riesgo, en corresponsabilidad con el profesional que haga el seguimiento del caso. En el documento debe precisarse que el dueño tiene que notificar la pérdida o muerte del animal. La muerte debe ser corroborada por el veterinario actuante y la pérdida denunciada por el propietario a la policía.
¢ Se deben estimular medidas de identificación precisas de los animales bajo tratamiento, según las condiciones y disponibilidad de cada localidad.
En nuestro país la situación de la enfermedad es muy diversa y requiere un criterio específico para su manejo en cada zona y se debe propender un mecanismo de monitoreo adecuado para el control del tránsito de animales entre regiones.
Se deberá solicitar a la FEVA que elabore los documentos legales pertinentes y los homologue con la autoridad sanitaria nacional, a los fines de unificar los mismos en todo el país.
Por último, desde el foro se destacó la necesidad de requerir que la información existente respecto al monitoreo y control de vectores y de casos diagnosticados estén disponibles a la comunidad veterinaria.
Asimismo, «debe elaborarse un adecuado flujograma de notificaciones que involucre a los Municipios como actor principal en el sistema, a las autoridades sanitarias provinciales, al Ministerio de Salud de la Nación, al Senasa y al sector privado de la profesión, que resulte dinámico, sencillo en su aplicación, factible en su operatividad y que genere información útil y un accionar que se corresponda con la situación local de la zoonosis», concluyeron.