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SUSCRIBITELa Resolución 46/2014 firmada en febrero por el M.V. Luis Carné, actual vicepresidente del Senasa, incorpora al Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, el Capítulo XXXII sobre «criterios de Bienestar Animal en establecimientos de faena». Este capítulo es fundacional para la Argentina en el tema de la faena humanitaria y es fruto de las históricas preocupaciones éticas de las organizaciones nacionales en defensa de los derechos de los animales y de los históricos compradores de nuestras carnes.
Hace más de una década, los frigoríficos de exportación habilitados para la Unión Europea y los Estados Unidos vienen cumpliendo con normas equivalentes a la recientemente promulgada por el organismo nacional. Ahora serán todas las plantas que estén bajo fiscalización federal las que deban cumplir con la misma (Ver recuadro).
Más recientemente, empresas como McDonalds establecen como condición crítica que los establecimientos frigoríficos sólo podrán ser sus proveedores de materia prima si cumplen con estrictos procedimientos referidos al buen trato de los animales a ser faenados. Veinte ítems componen este Capítulo, que estuvo bajo el proceso de consulta durante 120 días en la Web del Senasa (llamado también principio de transparencia), recibiendo desde los distintos sectores involucrados aportes para su mejor comprensión y cumplimiento.
De todos sus ítems destaco el «32.12», que establece la obligatoriedad de las empresas a desarrollar un Manual de Bienestar Animal para ser aplicado en su ámbito.
Elogio a las autoridades por esta incorporación a la legislación del Senasa, la cual deberá ser actualizada con regularidad a la luz de la aparición de los conocimientos con base científica, especialmente en el ámbito de la OIE. Ahora viene el tiempo de su implementación y control, el cual se caracterizará por demostrar y concientizar sobre las consecuencias positivas de su implementación. Es decir, nada más ni nada menos que educar… Todo un desafío.
Quienes deseen acceder a la Resolución completa pueden solicitarla a [email protected].
Aquí destacamos algunos ítems:
Ámbito de aplicación: Comprende a los establecimientos de faena de las especies mayores y menores, aves, granja, caza de cría y peces de acuicultura, desde su recepción hasta su sacrificio.
Comportamiento: Los animales deberán ubicarse en compañía de animales de su misma categoría de modo que puedan expresar un comportamiento lo más parecido al hábitat natural.
Guías específicas: Se elaborarán a los fines del control de la aplicación de los criterios de Bienestar Animal por parte del Servicio Oficial y para el logro de los objetivos propuestos en el presente Capítulo.
Gestión de datos de ante y post mortem: El Servicio de Inspección Veterinaria Oficial destacado en el establecimiento podrá utilizar los datos de los registros que se utilizan en el ante mortem y post mortem como información para la cadena alimentaria en relación con el Bienestar Animal. Las novedades que con relación al Bienestar Animal se detecten en animales caídos o muertos, deben ser comunicadas a la empresa y a la Oficina Local del Senasa.
Manual de Bienestar Animal: Las empresas deberán desarrollar el suyo propio para su aplicación y control, acorde a las características particulares de cada establecimiento faenador. El personal operario que esté en contacto con los animales necesita entender lo básico del comportamiento animal.
Control de proveedores y transportes: Las empresas deberán llevar un control de proveedores en relación a los antecedentes de remisión de animales afectados por razones de Bienestar Animal. A los fines de control del Bienestar Animal se debe considerar lo siguiente: la duración del viaje, la densidad de carga, las condiciones climáticas, la pericia y profesionalidad del conductor, las características de los vehículos y las particularidades de los animales transportados (edad, peso, tamaño, sexo, estado nutricional y sanitario).
Sacrificio por razones religiosas: Cuando razones religiosas no permitan la insensibilización, se contará con los equipos que permitan la faena sin producir sufrimiento de los animales.