En el marco de una jornada informativa organizada por el Colegio Médico Veterinario de la Provincia de Córdoba, representantes técnicos del Senasa presentaron los detalles operativos de la Resolución 831/2026. La normativa establece la puesta en marcha de la Libreta Sanitaria Digital, la digitalización del pasaporte y la reglamentación del uso de la identificación electrónica (microchip) en equinos, en concordancia con la Resolución 530/2025.
La exposición estuvo a cargo de la Dra. Natalia Chuard, responsable del Programa de Enfermedades de los Equinos del Senasa, y de la Dra. Florencia Menclazque, directora de Ejecución Sanitaria y Control de Gestión del organismo. Ambas profesionales explicaron los alcances de la medida, el cronograma de transición trazado hasta 2028 y los interrogantes operativos que genera la norma entre veterinarios acreditados y productores de todo el país.
Un esquema digital para la trazabilidad y la gestión equina
El propósito central expuesto por la autoridad sanitaria es reemplazar gradualmente la libreta tradicional en formato papel para reducir duplicaciones, agilizar trámites a distancia e integrar la información sanitaria directamente con el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA). De esta manera, eventos como cambios de radicación, transferencias de propiedad o avisos de muerte podrán gestionarse por vías informáticas sin necesidad de concurrir presencialmente a la oficina local del organismo.
"Esta norma regula la creación de la Libreta Sanitaria Equina Digital, el pasaporte digitalizado y la reglamentación de la identificación electrónica. El objetivo principal es la modernización de la libreta formato papel, facilitando los trámites y evitando duplicaciones, al tiempo que toda la información se vincula directamente al sistema SIGSA para garantizar una trazabilidad individual", destacó la Dra. Natalia Chuard durante la disertación.
La implementación técnica de la libreta digital se estructurará mediante aplicaciones móviles desarrolladas por privados y homologadas por el Senasa. Para ello, el organismo exigirá la firma de convenios marco con entidades intermedias sin fines de lucro, tales como colegios veterinarios o asociaciones del sector. Si bien actualmente existen desarrollos avanzados como ECUS, Pingo y Biotrasa, desde la autoridad sanitaria aclararon que aún no hay convenios definitivos firmados ni aplicaciones comercializándose oficialmente.
"El contenido sanitario es otorgado por la Dirección Nacional de Sanidad Animal y es idéntico al de la libreta papel, aunque el diseño de interfaz varía según cada desarrollador. La homologación con el Senasa no la realiza la empresa en forma directa, sino a través de un convenio con una entidad intermedia. Al organismo no le interesa comercializar ninguna herramienta, sino asegurar el resguardo sanitario y la agilidad de los trámites para el productor", enfatizó Chuard.
Cronograma oficial: convivencia de formatos y fechas clave
La transición hacia la digitalización total contempla plazos definidos para evitar sobresaltos en el movimiento habitual de la hacienda equina. El 31 de diciembre de 2026 será la fecha límite para que los colegios veterinarios impriman nuevas libretas en soporte físico. A partir de allí, se iniciará una etapa de coexistencia entre el papel y el entorno digital que se extenderá hasta el 1° de enero de 2028, momento en el cual la totalidad de los documentos sanitarios equinos deberán estar digitalizados.
"Hasta el 31 de diciembre los colegios veterinarios podrán imprimir libretas en papel. Luego de esa fecha, ambos formatos convivirán sin inconvenientes hasta el 1° de enero de 2028, fecha en la que la digitalización será 100% obligatoria. Por su parte, la identificación electrónica mediante microchip comenzará a exigirse progresivamente a partir del 1° de marzo de 2027 para movimientos y muestreos sanitarios", precisó la responsable del programa equino.
Respecto de la exigencia del microchip, el Senasa aclaró que no se requerirá la identificación de equinos rurales que permanezcan en su establecimiento de origen sin movimientos comerciales o deportivos. La obligatoriedad del chip aplicará específicamente ante situaciones como la toma de muestras para Anemia Infecciosa Equina (AIE), la apertura por primera vez de una libreta digital, los movimientos de importación/exportación y los traslados hacia la Zona Libre de AIE (Patagonia).
Identificación electrónica: especificaciones del microchip y aplicación
Los dispositivos deberán cumplir con la codificación oficial aplicable a la Argentina, la cual inicia con el prefijo 032 (país) seguido de 05 (código de especie equina). No obstante, los animales que ya cuenten con microchips preexistentes o colocados bajo normativas anteriores podrán registrarlos y validarlos en el sistema sin necesidad de implantar un nuevo dispositivo.
"Los dispositivos nuevos deben contar con la codificación oficial que inicia con 032 para Argentina y 05 para la especie equina, aunque se validarán los microchips preexistentes aplicados con anterioridad. La norma no restringe quién aplica el dispositivo —pudiendo hacerlo personal idóneo elegido por el establecimiento—, pero la responsabilidad legal de ingresar la información al sistema recae siempre en el productor", explicó la Dra. Florencia Menclazque.
La aplicación física del microchip deberá realizarse en el tercio medio del lado izquierdo del cuello, aproximadamente ocho centímetros por debajo de la línea de la crin. Una vez colocado, el registro del número de chip ante el Senasa podrá llevarse a cabo mediante las aplicaciones móviles homologadas, la plataforma de autogestión con clave fiscal o de manera presencial en la oficina local correspondiente.
Alternativas de costos, fiscalización y régimen de sanciones
Un aspecto abordado durante la charla fue la convivencia entre la oferta de aplicaciones privadas pagas y el acceso gratuito a los trámites públicos. Mientras que los desarrolladores estiman un costo operativo cercano a los $4.000 pesos por equino para el uso de sus plataformas privadas —al que se suma el arancel oficial de habilitación del Senasa—, los productores que no deseen contratar una aplicación privada podrán tramitar la documentación digital directamente en las dependencias del organismo o por autogestión sin costo adicional.
"Quienes prefieran no contratar una aplicación privada podrán realizar la gestión sanitaria de forma gratuita directamente en las oficinas locales del Senasa o a través del sistema de autogestión. No obstante, el incumplimiento de las notificaciones obligatorias o las irregularidades con los microchips conllevarán sanciones severas, que van desde el bloqueo del sistema SIGSA hasta sumarios administrativos, retiro de la acreditación veterinaria y multas", advirtió la Dra. Natalia Chuard.
El esquema punitivo de la norma contempla penalizaciones ante infracciones como la reutilización o alteración de microchips, la omisión de avisos sobre nacimientos o muertes y las inconsistencias entre la documentación sanitaria y la lectura efectiva del dispositivo. Para los veterinarios acreditados, el organismo recordó además la importancia de mantener al día la reacreditación cuadrienal del programa sanitario, requisito indispensable para la apertura y aval de cualquier libreta equina en el país.