El 28 de octubre vence el plazo establecido por el Senasa para que los productores agropecuarios realicen la actualización de sus datos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA). Esta medida busca asegurar la disponibilidad de información confiable y actualizada, fundamental para la optimización de la gestión sanitaria en todo el territorio nacional.
La obligación de actualizar la información recae sobre aquellos productores inscriptos en el RENSPA que registren más de un año desde su inscripción inicial o desde su última actualización en el sistema del organismo. La disposición se enmarca en la Resolución 679/2026 del Senasa, que busca fortalecer la base de datos para una mejor planificación, respuesta ante eventos sanitarios y la mejora de la trazabilidad de la producción.
Los interesados pueden efectuar la gestión de dos maneras. Una opción es la autogestión 100% digital, ingresando al sistema RENSPA mediante Clave Fiscal a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La otra alternativa es concurrir de manera presencial a la Oficina Local del Senasa que corresponda a la jurisdicción donde se encuentre ubicado el establecimiento productivo. En ambos casos, la información declarada quedará sujeta a las verificaciones que realice el organismo para su incorporación definitiva al Registro.
Modalidades para la actualización del RENSPA de los productores
Existen algunas excepciones a esta obligatoriedad. Los titulares de RENSPA que posean bovinos y/o bubalinos en zonas con vacunación contra la fiebre aftosa están exceptuados, siempre que hayan cumplido con la Declaración Jurada de Otras Especies durante el acto vacunal y que la actualización de sus datos en el RENSPA se encuentre acreditada mediante los registros de vacunación incorporados al Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA). En estos casos, la información ya ha sido validada durante la campaña de vacunación. No obstante, esta excepción no exime a los productores de declarar la totalidad de las especies y actividades pecuarias desarrolladas en el establecimiento, ni de mantener permanentemente actualizada dicha información cuando se produzcan modificaciones. Asimismo, continúan exceptuadas de la medida las actividades no tradicionales de carácter no productivo, como zoológicos y parques.
Consecuencias y consultas sobre la sanidad animal
El incumplimiento de la actualización requerida antes del plazo establecido puede derivar en la baja del RENSPA por parte del Senasa. Sin embargo, los titulares afectados podrán solicitar posteriormente la reactivación de su inscripción, siguiendo el procedimiento que el organismo determine. Para consultas adicionales, los productores pueden visitar la página web del Senasa, enviar un correo electrónico a [email protected] o contactar a los referentes de RENSPA en los centros regionales del organismo, según su jurisdicción.
FUENTE: Senasa